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OK | Más informaciónUna vez tiene lugar el anuncio de la concesión del CCP, el solicitante dispone de tres meses para efectuar el pago de la tasa de concesión.
La duración de la protección conferida por el CCP corresponde a un periodo igual al transcurrido entre la fecha de presentación de la patente de base y la fecha de primera autorización de comercialización en la Unión Europea menos cinco años. En ningún caso la duración del CCP podrá ser superior a cinco años.
La tasa de mantenimiento se efectuará en un solo pago, según la duración del CCP, en los tres meses anteriores a la fecha de expiración de la patente de base. En el caso en que la concesión del Certificado se produzca en una fecha posterior a la antes mencionada, el titular dispone de un plazo de tres meses desde la fecha de publicación de la concesión del CCP para efectuar dicho pago.
A partir de la fecha de publicación de la concesión de la Prórroga del CCP, el solicitante dispone de tres meses para efectuar el pago de la tasa de concesión.
La tasa de mantenimiento será la establecida para los Certificados de duración inferior a un año y se efectuará en un solo pago en los tres meses anteriores a la fecha límite de validez del CCP. En el caso en que la concesión de la Prórroga se produzca en una fecha posterior a la antes mencionada, el titular dispone de un plazo de tres meses desde la fecha de publicación de la concesión de la Prórroga de CCP para efectuar dicho pago.