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Los derechos de propiedad industrial se mantienen en vigor, siempre y cuando se realice el pago de las anualidades y tasas de renovación correspondientes, dentro de los siguientes plazos:
- Patentes. Un máximo de 20 años desde la fecha de solicitud. Sólo en el caso de las patentes de productos farmacéuticos y fitosanitarios es posible solicitar lo que se conoce como Certificado Complementario de Protección (CCP), que extiende, por un periodo máximo de cinco años, la protección de la patente una vez haya caducado.
- Diseños. Un máximo de 25 años.
- Signos distintivos. Pueden mantenerse indefinidamente mediante la oportuna renovación.
Una vez transcurridos los plazos indicados las invenciones son de dominio público y cualquier persona puede utilizarlas libremente. Es importante señalar que las patentes y los diseños industriales no pueden “renovarse” indefinidamente como sucede en la marcas.