Gobierno de España. Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital Oficina Española de Patentes y Marcas

Resolución de 3 de septiembre de 2007, del Departamento de Signos Distintivos de la Oficina Española de Patentes y Marcas, por la que se delega la firma de determinadas resoluciones cuya competencia corresponde al Subdirector General, Director del Departamento de Signos Distintivos.


 

Mediante Resolución de 2 de septiembre de 1997, del Departamento de Signos Distintivos, se delegaron en Jefes de Área, de Servicio y de Sección, determinadas funciones del Director del Departamento. La modificación de la relación de puestos de trabajo que ha sufrido el Departamento desde aquella fecha y que ha supuesto, entre otras novedades, la creación de nuevos puestos de trabajo, hace necesario actualizar la citada Resolución a fin de tener en cuenta la nueva estructura interna, a la hora de delegar la firma de las resoluciones que son competencia del Director del Departamento.

El artículo 12 del Real Decreto 1270/1997, de 24 de julio, por el que se regula la Oficina Española de Patentes y Marcas, dispone, de conformidad con lo prevenido en el apartado 2 del artículo 12 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, la desconcentración y transferencia en el Subdirector General del Departamento de Signos Distintivos de las siguientes atribuciones del Director del organismo:

a) Resolución de expedientes de marcas nacionales.

b) Resolución de expedientes de marcas internacionales.

c) Resolución de expedientes de nombres comerciales y rótulos de establecimiento.

El ingente volumen de expedientes relativos a estas modalidades registrales, cuya tramitación tiene atribuida este Departamento, y la necesidad de resolver estos expedientes dentro de los plazos legalmente establecidos, aconseja, por motivos de orden técnico y jurídico, hacer uso de la facultad de delegación de firma que prevé el artículo 16 de la Ley 30/1992, con la finalidad de alcanzar la deseable celeridad y eficacia en el cumplimiento de las funciones administrativas que el Departamento tiene atribuidas.

En su virtud,

Primero.- Queda delegada en el Subdirector General Adjunto, en los Jefes de las Áreas de Examen y en los Jefes de los Servicios de Examen y de Coordinación de este Departamento, con carácter general, la firma de las resoluciones señaladas en el artículo 9 del Real Decreto 1270/1997, de 24 de julio, en el ámbito de sus respectivas competencias y sin perjuicio de las delegaciones que se regulan en los apartados siguientes.

Segundo.- Queda delegada específicamente en el Jefe del Servicio de Coordinación la firma de las certificaciones y la firma de las resoluciones de renovaciones, renuncias parciales y caducidad de las diversas modalidades de signos distintivos.

Tercero.- Queda delegada en los Jefes de los Servicios de Examen de marcas nacionales, la firma de las resoluciones de los expedientes correspondientes a esta modalidad.

Cuarto.- Queda delegada en los Jefes de los Servicios de Examen de marcas internacionales, la firma de las resoluciones de los expedientes correspondientes a esta modalidad y de nombres comerciales y rótulos de establecimiento.

Quinto.- Queda delegada en el Jefe de la Sección de Examen de Forma y Publicación la firma de resoluciones del examen de forma y desistimientos de solicitudes de marcas nacionales y nombres comerciales así como la firma de las resoluciones relativas a modificaciones de marcas y nombres comerciales y rótulos de establecimiento registrados.

Sexto.- Queda delegada en el Jefe de la Sección de Ordenación y Notificación la firma de resoluciones relativas a renuncia de derechos e inscripción de cambios de nombre de las distintas modalidades de signos distintivos.

Séptimo.- Queda delegada en el Jefe de Sección de Cesiones y Licencias la firma de resoluciones de inscripción de cesiones, opciones de compra, otros derechos reales y licencias de todas las modalidades de signos distintivos.

Octavo.- La delegación de firma objeto de la presente Resolución es revocable en cualquier momento y no será obstáculo para que el Subdirector General del Departamento, el Subdirector General Adjunto o los Jefes de las Áreas de Examen o el Jefe inmediatamente superior correspondiente, pueda, en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad de la persona a la que se delega la firma, asumir directamente la firma de las resoluciones de cualquier asunto objeto de esta delegación.

Noveno.- La presente Resolución deja sin efecto la Resolución de 2 de septiembre de 1997, del Departamento de Signos Distintivos de la Oficina Española de Patentes y Marcas (BOE de 24 de octubre1997).

Lo que se comunica para su conocimiento y efectos.

Madrid, 3 de septiembre de 2007.- El Subdirector General, Director del Departamento, José Luis Barbero Checa.

Sres/as. Subdirector General Adjunto, Jefes de Área, de Servicio y de Sección del Departamento de Signos Distintivos.