Explotación


Vías de explotación

Existen cuatro maneras básicas de explotar una invención:

  • Un contrato de licencia con una empresa.
  • Una empresa de nueva creación: que sea su idea la que le comercialice.
  • Una joint venture.
  • La venta de su idea.

Licencias

Una o más empresas celebran con Vd. un contrato de licencia que les permite usar su PI mediante pago. Este pago suele ser en forma de derechos o royalties que se pagan a intervalos periódicos durante la vigencia del contrato.

Las condiciones exactas de la licencia se deben negociar en un proceso que puede resultar largo (con frecuencia dura varios meses) y complejo. La licencia constituye un documento jurídico vinculante, por los que normalmente es fundamental contar con agentes de la propiedad y otros juristas profesionales.

En términos amplios, una licencia:

  • Le beneficia al hacer que el licenciatario le compense por el uso de su PI.
  • Beneficia al licenciatario al ofrecerle un producto o una ventaja tecnológica sobre los competidores.
  • Le permite a Vd. o al licenciatario (según las condiciones de la licencia) adoptar medidas legales contra otros que copien o abusen de la idea.

Para muchos inventores, la licencia es la forma ideal de beneficiarse de una invención. Las principales razones son:

  • El licenciatario soporta los costes y riesgos de la fabricación y comercialización.
  • Sólo empresas establecidas disponen de los recursos necesarios para explotar una idea con el máximo potencial.
  • La licencia puede aportar al inventor una renta durante muchos años a cambio de un esfuerzo relativamente pequeño.

Algunos inventores, fundamentalmente en los sectores de alta tecnología, constituyen sociedades con el único objeto de licenciar sus PI y hacer un seguimiento de sus contratos de licencia. Es una opción posible si quiere empezar un negocio pero no quiere que se haga demasiado grande.

Los tipos de invención más aptos para las licencias incluyen:

  • Componentes de los que dependen muchas sociedades, como el anillo de apertura de las latas.
  • Accesorios o periféricos que dependen de un producto existente. Estos tendrían poco futuro a menos que se cedan bajo licencia a la sociedad que controla el producto anfitrión.
  • Productos con altos costes de establecimiento o puesta en marcha.

No obstante, sólo las formas más sólidas de PI interesan a los posibles licenciatarios. En la mayoría de los casos esto significa una patente. Si su idea no es susceptible de patente, o si las reivindicaciones que se le permiten no son muy sólidas, es probable que sean pocas las empresas que deseen una licencia suya. Y aún cuando estuvieran interesadas, no es probable que estén dispuestas a pagar mucho por la licencia.

Empresa de nueva creación (Start-up)

La empresa de nueva creación puede ser su primera opción si tiene ambiciones de convertirse en empresario, o puede ser una opción que se vea obligado a considerar si no encuentra empresas que se interesen por un contrato de licencia.

También puede merecer la pena tomarla en consideración como forma de persuadir a empresas de que adquieran una licencia de su invención. Si prueba que su producto sí se vende bien, aunque sea durante un plazo de tiempo corto y en un mercado pequeño, es posible que muestren mucho más interés por él.

Entre los tipos de invención que pueden tener éxito como empresas de nueva creación estarían:

  • Los Productos de sectores basados en el conocimiento, como por ejemplo las tecnologías de la información o la tecnología médica de alto valor, en los que pequeñas sociedades pueden prosperar mucho.
  • Productos que resulten baratos de producir y dependan fundamentalmente de la comercialización.
  • Productos que no sean susceptibles de obtener patentes sólidas.
  • Productos que no tengan un potencial suficiente de generar beneficios para interesar a las grandes compañías.

No todo el mundo está hecho para montar una empresa. Pero la experiencia sugiere que los inventores que se convierten en empresarios suelen tener más posibilidades de éxito que los que se conforman con encontrar licenciatarios.

Joint venture

Una alternativa a la creación de su propia empresa es otra forma de actividad empresarial: reunir sus fuerzas a las de otra sociedad, u otra persona, o quizás una universidad, cuyos conocimientos o recursos necesite, para formar una empresa conjunta o joint venture. Por ejemplo, su socio en la joint venture podría ser una sociedad dispuesta a ayudarle a desarrollar más su idea para darles una mejor idea de su potencial.

Este tipo de joint venture podría configurarse como un experimento que puede o no tener éxito. Por tanto, no debe esperar obtener beneficiosde él. Si tiene éxito, puede resultar en un contrato de licencia, una sociedad escindida o spin-off u otra forma de relación empresarial más permanente.

Venta directa

Es posible que una sociedad se ofrezca a comprarle los DPI de su invención por una cantidad fija. En el caso de una invención con buenas perspectivas de mercado, puede ser aconsejable negarse. Pero la venta puede ser una buena opción si su idea tiene un valor bajo o un recorrido corto, tanto para la sociedad como para Vd. La sociedad se beneficia de no estar vinculada durante años por un contrato de licencia. Vd. se beneficia de (a) un ingreso en efectivo y (b) librarse de todas las responsabilidades y gastos que supone la propiedad de la idea, que puede incluir el mantenimiento de patentes.

En gran parte, por supuesto, depende de la cantidad que le ofrezcan. Debe solicitar asesoramiento profesional para obtener una valoración realista de su idea, pero para ambas partes habrá siempre un componente de apuesta. Es posible que se arrepienta si el producto consigue obtener unos beneficios inesperadamente altos. La sociedad puede arrepentirse si el producto no se vende bien.

Sociedades de promoción de invenciones

A algunas sociedades les gustaría que creyera que hay una quinta opción: pagarles para que comercialicen su idea. Tenga mucho cuidado al tratar con este tipo de empresas.

Las sociedades de promoción de invenciones suelen operar de la misma forma:

  • Se ofrecerán a darle un dictamen sobre las perspectivas comerciales de su idea, por una módica suma, generalmente unos cientos de euros.
  • Por lo general, le harán un dictamen muy favorable, con escasa o nula mención del estado anterior de la técnica (¡no tienen interés en decirle que hay un estado anterior de la técnica!)
  • Entonces le dirán que por unos cuantos miles de euros, pueden ayudarle a comercializar su idea.
  • En muchos casos su “ayuda” supone poco más que darle un membrete y un listado de direcciones de empresas. Tendrá que ponerse Vd. mismo en contacto con las empresas.
  • Con frecuencia, el promotor de invenciones estará establecido en un país distinto del suyo, lo que le planteará dificultades a la hora de exigirle cualquier indemnización.

Estas sociedades no necesariamente operan de forma fraudulenta. Con frecuencia, sus condiciones contractuales están ingeniosamente redactadas para que estén en el lado correcto de la ley. Algunas de estas empresas acaban cerrando bajo la presión de los gobiernos, pero sólo es cuestión de tiempo que otra ocupe su lugar.

Estas empresas poco fiables de promoción de invenciones sólo prosperan gracias a la credulidad de algunos inventores, de manera que desconfíe de cualquiera que alabe su invención y se ofrezca a comercializarla a costa de Vd. (Puede resultar instructivo hacer una búsqueda en internet con su denominación social, o usar términos de búsqueda tales como “estafa en invenciones”, "promotor de invenciones", "corredor de invenciones", "sociedad de invenciones", etc. También puede pedir a su departamento local de defensa de los consumidores que le asesore.) Como regla general, aléjese de cualquier empresa que le pida dinero pero no comparta el riesgo.

Si bien las empresas legítimas también pueden cobrarle honorarios por valorar su idea, no debieran pedir a continuación honorarios más altos. Rechazarán la mayoría de las ideas que se les ofrezcan, y sólo querrán asumir el riesgo de unas pocas de las que ven cada año. Si realmente creen que su invención tiene buenas perspectivas, una práctica más ética consiste en solicitar un contrato con Vd. que les permita compartir los beneficios futuros. En otras palabras, obtendrán su recompensa de las ventas de su invención, no de Vd.