Compromisos de la OEPM sobre plazos de tramitación y resolución de patentes


Examen de admisión a trámite:

Dentro de los ocho días siguientes a la recepción de la solicitud de patente en la OEPM, la Oficina examinará si aquélla cumple con los requisitos necesarios para obtener una fecha de presentación y notificará al solicitante el resultado del examen y la fecha de presentación otorgada a su solicitud de patente.

Primera notificación de defectos o no por examen formal y técnico y realización del IET:

Para estos trámites la legislación vigente no señala plazos por lo que solamente operan los plazos del compromiso asumido por la OEPM, esto es, la primera notificación de suspenso de examen formal y técnico tendrá lugar 6 meses antes de la publicación de la patente en el BOPI con el Informe sobre el Estado de la Técnica, del que se dará traslado al interesado, al menos, 15 antes de la referida publicación.

No se realizará en ningún caso la notificación de defectos antes de los 2 meses desde la fecha de presentación al tener que mantenerse en secreto según el art. 119 de la Ley de Patentes durante ese periodo.

Publicación de la solicitud de la patente:

Por establecerlo así el artículo 32 de la Ley de Patentes, las solicitudes deberán publicarse una vez transcurridos 18 meses desde la fecha de presentación de la solicitud (o de prioridad) y una vez superado el examen de oficio y hecha por el solicitante la petición del IET. Esta publicación puede efectuarse antes si el solicitante lo pide, como debe ocurrir en el Programa de Concesión Acelerada. La OEPM realizará dicha publicación y la del Informe sobre el Estado de la Técnica en el procedimiento general a la mayor brevedad a partir de este plazo de 18 meses en función de las disponibilidades existentes en cada área técnica.

Concesión de la patente sin examen previo:

Cuando el solicitante haya optado por el procedimiento de concesión sin examen previo, la OEPM concederá la patente en un plazo de 8 meses contados desde la publicación de la reanudación del procedimiento general de concesión lo que se produce a instancia del solicitante en un plazo máximo de 3 meses desde la publicación del IET. En este plazo, que interrumpe el procedimiento de concesión (Art. 36.3 Ley de Patentes), el solicitante podrá realizar la petición de examen previo o manifestar la voluntad de continuar el procedimiento general de concesión.

Es preciso tener en cuenta que dentro de este plazo de los 8 meses han de observarse otros plazos preceptivos intermedios como el de dos meses para las observaciones de terceros al IET al que sigue un plazo de igual duración para que el solicitante conteste a dichas observaciones o formule las que estime oportunas al mencionado informe.

Procedimiento de concesión con examen previo:

En la tramitación de solicitudes de patentes sometidas a examen previo, la OEPM enviará al solicitante la primera notificación del resultado del examen en un plazo de 6 meses contados a partir de la publicación en BOPI de la reanudación del procedimiento de concesión con examen previo a petición del solicitante. En este plazo se incluye el legalmente establecido de 2 meses para presentación de oposiciones por terceros. La resolución de la solicitud se dictará en un plazo de 18 meses contados, asimismo, a partir de aquella publicación concediéndola o denegándola tras las comunicaciones entre solicitante y OEPM como consecuencia de que el examen inicialmente comunicado no fue positivo o se presentaron oposiciones.

Resoluciones sobre inscripción de transferencias, licencias contractuales, de pleno derecho y obligatorias, certificaciones y copias autorizadas; entrega de títulos de patentes:

Las resoluciones sobre inscripción de transferencias y licencias contractuales de patentes se dictarán en el plazo de 3 meses contados desde la presentación de la solicitud si la documentación no contiene defectos y de 6 meses en caso contrario. Para las licencias de pleno derecho y obligatorias, dada su especialidad y su escaso número, se ha señalado un plazo general de 6 meses frente a los 8 de la Ley.

Para las certificaciones y copias autorizadas relativas a solicitudes de patentes o a patente concedidas el plazo de expedición y entrega a los interesados será de 1 mes contado a partir de la recepción de la petición. La entrega de títulos se hará asimismo en el plazo de un mes a partir de la publicación de la concesión en el BOPI.

Restablecimiento de derechos:

Las solicitudes de restablecimiento de derechos relativas a solicitudes de patentes o a patentes concedidas (incluyendo las patentes europeas) se resolverán por la OEPM en el plazo de 3 meses cuando dichas solicitudes no contengan defectos y en el plazo de 4 meses en caso contrario.