El procedimiento de tramitación paso a paso


- La Oficina Española de Patentes y Marcas le guiará en el procedimiento de obtención mediante notificaciones puntuales en las que se le informa de actuaciones y plazos legales para llevarlas a cabo. Es muy importante, por lo tanto, que la OEPM disponga en todo momento de sus datos personales actualizados en todo momento.

- La primera comunicación que recibirá es la de Admisión a Trámite de su Solicitud en la que se asigna una Fecha de Presentación definitiva.

- A partir de la publicación de su solicitud, que no se producirá antes de 18 meses desde la fecha de presentación antes mencionada puede seguir en todo momento la situación administrativa de su expediente a través de la página web de esta oficina (Apartado “Consulta por ti mismo”: Situación de expedientes)

- Una vez solicitada la continuación de procedimiento y realizado el pago de la tasa correspondiente, la OEPM realiza un Informe sobre el Estado de la Técnica en el que se da una relación de los documentos considerados relevantes para la apreciación de la novedad y la actividad inventiva de la solicitud y una opinión escrita, preliminar y sin compromiso, acerca de si la invención objeto de la solicitud de patente cumple aparentemente los requisitos de patentabilidad establecidos en la Ley, y en particular, con referencia a los resultados de la búsqueda, si la invención puede considerarse nueva, implica actividad inventiva y es susceptible de aplicación industrial y que se le entregará junto con los documentos citados en el mismo. Es recomendable hacer un profundo estudio de los documentos mencionados como relevantes para apreciar la novedad y la actividad inventiva de la invención y la correspondiente evaluación de su solicitud. Tras la realización del Informe sobre el estado de la técnica y una vez transcurridos 18 meses desde la fecha de presentación de la solicitud de patente, la OEPM procede a la publicación del folleto de la solicitud de patente y del IET.

- A la vista del Informe sobre el Estado de la Técnica y de su propia estrategia definida alrededor de la solicitud de patente, deberá decidir si opta por continuar el procedimiento de concesión por la vía del Procedimiento General de Concesión (sin examen de fondo de la solicitud) o por la vía del procedimiento con examen previo (con examen de fondo) o incluso valorar la posibilidad de retirar la solicitud de patente antes de su publicación.

- Será conveniente que valore una posible modificación de aquellas reivindicaciones afectadas por documentos anteriores detectados en el informe sobre el estado de la técnica con el fin de evitar las posibles infracciones de derechos de patente existentes. La patente que va acompañada de un Informe sobre el Estado de la Técnica “negativo”, en el que mediante un signo "X" se señalan documentos que destruyen la novedad de determinadas "reivindicaciones" y cuya opinión escrita es negativa, es, en lo reivindicado en éstas, de gran debilidad y fácilmente atacable, a pesar de que la patente llegue a otorgarse.

En cualquier caso, finalmente le será oportunamente comunicada la resolución. En el caso de que dicha resolución sea de concesión, a partir de la publicación de la misma en el BOPI se abre un plazo de tres meses para pagar los derechos de concesión y retirada de título.