- Recuerde que una invención es patentable cuando es nueva, implica actividad inventiva y tiene aplicación industrial. La novedad se exige a nivel mundial.
- Compruebe que su invención no está excluida de protección por patente según la legislación vigente (art.4 y 5 LP) (Ej con el software, variedades vegetales...).
- Si tiene alguna duda respecto a la adecuada modalidad de protección de su invención (patente o modelo de utilidad), puede consultar la sección ”¿Qué se puede proteger y cómo?” en el apartado “Todo sobre la propiedad Industrial”
- Evalúe cual va a ser el mercado en el que desearía explotar su invención en exclusiva decidiendo qué tipo de patente será más conveniente en cada caso en función de la extensión de dicho mercado (Patente nacional, Patente Europea, Patente internacional (PCT). Recuerde que la OEPM -además de tramitar y conceder patentes nacionales- está habilitada por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual para realizar en español la fase internacional de tramitación según el sistema PCT.
- Con la presentación de una solicitud nacional se obtiene el derecho de prioridad mundial durante 1 año. En ese plazo puede presentar una solicitud internacional PCT que le permite dilatar hasta 30 meses la decisión de entrar en fase nacional en los países que desee miembros del Tratado PCT que desee (136 a 1 de enero de 2007) ,una patente europea o una patente nacional en otro estado. En consecuencia, en el caso de que opte por el sistema PCT, con la inversión inicial que supone una solicitud de patente PCT dispondrá de dos años y medio para valorar las expectativas de éxito de la invención.
- Evite la divulgación previa del invento o publicación alguna que lo describa, ya que podría afectar a la novedad y a la validez de la patente que pueda solicitar.
- Tiene a su disposición, por si lo desea, un listado de Agentes de la Propiedad Industrial.