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Para que una invención cumpla con el requisito de novedad no puede estar comprendida en el estado de la técnica. El estado de la técnica esta constituido por todo lo que antes de la fecha de presentación de la solicitud de patente se ha hecho accesible al público en España o en el extranjero por una descripción escrita u orla, por una utilización o por cualquier otro medio.
En el caso planteado, al estar la invención patentada por una empresa en otro país, esta invención pertenece al estado de la técnica y por tanto no puede ser patentada.