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La protección en España se obtiene de varias formas:
- Vía nacional. La solicitud se elabora siguiendo los requisitos establecidos por la Ley 17/2001 de 7 de diciembre de marcas.
- Vía Comunitaria: Existe la posibilidad de obtener una MARCA COMUNITARIA mediante una única solicitud, que podrá presentarse a elección del solicitante ante la OEPM para su traslado a la OAMI o directamente a la OAMI (Alicante). Dicha marca es una a todos los efectos, concediéndose, denegándose o anulándose para todo el territorio de la Unión Europea.
- Vía Internacional: se puede obtener protección en hasta 78 países (entre ellos España) depositando una única solicitud, en la OEPM para su traslado a la Oficina Internacional de OMPI (Ginebra), teniendo el registro los mismos efectos que si la solicitud hubiese sido presentada en cada uno de los países designados. Cada país puede conceder o denegar la protección. Se trata de una solicitud única pero que, una vez registrada en todos los países designados, da lugar a un conjunto de registros nacionales igual que si se hubieran solicitado país por país.