La organización registral mercantil en España está integrada por el Registro Mercantil Central y los Registros Mercantiles territoriales, ambas instituciones bajo la dependencia del Ministerio de Justicia.
El Registro Mercantil Central, previsto ya en la reforma del Código de Comercio de 21 de Julio de 1973 (arts. 17 y 18), se configura legalmente en la Ley de Reforma Mercantil 19/1989 de 25 de Julio, y posteriormente en el Reglamento del Registro Mercantil de 22 de diciembre de 1989, que fue modificado el 22 de diciembre de 1996. Comienza a operar el 1 de enero de 1990.
La sede actual del Registro Mercantil Central se encuentra ubicada en Madrid, en la calle Príncipe de Vergara, número 94.
Las funciones básicas del Registro Mercantil Central son las siguientes, de acuerdo con lo previsto en el art. 379 del vigente Reglamento del Registro Mercantil: