¿Qué signos pueden constituir marca o nombre comercial?


Según el artículo 4.1 de la Ley de Marcas: "se entiende por marca todo signo susceptible de representación gráfica que sirva para distinguir en el mercado productos o servicios de una empresa de los de otras".

Pueden especialmente ser marca:

  • las palabras y combinaciones de palabras. Por ejemplo, "DULCILIA" o "GRAN DULCILIA"
  • las imágenes, figuras, símbolos y dibujos. Por ejemplo, logotipos, paisajes, figuras geométricas, figuras de animales
  • las letras, las cifras y sus combinaciones. Por ejemplo "OEPM", "33", "OEPM 2003"
  • las formas tridimensionales, entre las que se incluyen los envoltorios, envases y la forma del producto. Por ejemplo, un frasco o envase distintivo de un perfume, la forma caprichosa de una pastilla de jabón.
  • los sonidos, siempre que sean susceptibles de representación gráfica, por ejemplo, mediante el pentagrama.
  • cualquier combinación de los signos mencionados.

Esta enumeración es enunciativa, no limitativa.

TIPOS DE MARCA:

  • DENOMINATIVAS: las denominaciones arbitrarias o de fantasía. Las razones sociales, seudónimos y nombres propios. Las cifras, letras, etc.
  • GRÁFICAS: los símbolos gráficos, logotipos, dibujos, etc.
  • MIXTAS: la combinación de elementos denominativos y gráficos.
  • TRIDIMENSIONALES: los envases y envoltorios, la forma del producto, etc.
  • SONORAS: Siempre que dichos sonidos en que consista la marca puedan ser representados gráficamente.