Puede registrarse nombres de dominio de segundo nivel (bajo el indicativo ".es") o de tercer nivel (bajo cualquiera de estos indicativos: .com.es, .nom.es, .org.es, .edu.es y .gob.es), sometidos a regímenes diferentes.La normativa de los nombres de segundo nivel ofrece un amplio grado de seguridad al empresario y los requisitos para el registro de un nombre son más restrictivos que en el tercer nivel.El tercer nivel tiene unas exigencias menores y unos requisitos que permiten el acceso al registro con mucha más facilidad que el segundo nivel.
El Plan Nacional de nombres de dominio de Internet bajo el Código correspondiente a España (".es") fue aprobado por la Orden Ministerial del 18 de Marzo publicada en el B.O.E. el día 26 de Marzo de 2003, y en el mismo se establece el marco normativo de los distintos tipos de nombres de dominio bajo ".es".