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10-06-2020

Nota informativa sobre tasas en el procedimiento internacional PCT

El Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, establece la reanudación del cómputo de los plazos administrativos a partir del 1 de junio. Además, la Oficina Internacional de la OMPI ha anunciado la prórroga del plazo para el pago de las tasas internacionales (extendida hasta el 30 de junio de 2020 por motivo de la COVID-19), así como la decisión de no considerar retiradas las solicitudes internacionales por impago durante dicho periodo.

En ese contexto, la OEPM en su calidad de Oficina Receptora del PCT, Administración de Búsqueda Internacional y Administración de Examen Preliminar Internacional, procederá de la siguiente manera:

  • Los solicitantes que no hubieran recibido el requerimiento para abonar las tasas más el recargo, dispondrán de todo el mes de junio para abonar las tasas internacionales. De no hacerse así, durante el mes de julio se comunicará el requerimiento del pago con recargo (Formulario PCT/RO/133), para el abono de las tasas, en el plazo de un mes desde la fecha del requerimiento.
  • Los solicitantes que hubieran recibido el requerimiento para abonar las tasas y el recargo, dispondrán de todo el mes de junio para su abono. En caso de no efectuarse, se procederá a retirar la solicitud internacional, y se emitirá el Formulario PCT/RO/117.
  • Respecto de las solicitudes internacionales presentadas a partir del 1 de junio de 2020, los plazos para el pago serán los normales previstos en el Reglamento del PCT.