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Frequently Asked Questions

 

Respondemos todas aquellas dudas referentes a los diferentes procesos implicados en la propiedad industrial.

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Industrial Property
Trademarks and Trade Names
Collective and Certification Marks
Proof of use
International trademarks
Transformations
National patent and utility model
Supplementary protection certificate
European patent and validation
International PCT application
Reinstatement of rights
Transfers and licensing
Fees
Patent management and valuation
Representation
Industrial Property Agents (IPA)
European Qualifying Examination (EQE)
Representation and Brexit
Classifications
Invalidity and revocation of trademarks and trade names
Geographical indications

El plazo para presentar la traducción es desde la publicación de la solicitud de patente europea en el Boletín Europeo de Patentes (BEP) hasta la publicación de la mención de concesión.  En este plazo, el titular que desee obtener la protección provisional en España deberá aportar la traducción de las reivindicaciones publicadas en el BEP.

Con carácter general, los requisitos formales de la traducción deberán contener la información que a continuación se detalla en el siguiente enlace. Asimismo, se incluyen donde se indican los formularios y las tasas:

Folleto

Formulario e instrucciones

Presentación electrónica

Tasas

Estas marcas solo podrán cederse a una persona que cumpla los requisitos de legitimación para ser titular de una marca colectiva o de garantía.

Sí, al igual que el resto de marcas, siempre que lleve registrada más de cinco años, puesto que la obligación de usar una marca no es exigible inmediatamente después de su registro, sino que el titular tiene un “periodo de gracia” de cinco años.

Para más detalle sobre esta opción, puede consultar el Manual informativo sobre prueba de uso.

Sí, en concreto:

  • que el solicitante no tenga legitimación para solicitarla, como puede ser en la marca colectiva que el titular de la solicitud sea una persona física, una sociedad anónima, una sociedad limitada y en la marca de garantía, cuando quien solicita la marca es una persona física o jurídica que desarrolla una actividad empresarial que implica el suministro de productos o la prestación de servicios del tipo que se certifica.
  • Que el reglamento de uso sea contrario a la ley, al orden público o a las buenas costumbres.
  • Que el distintivo solicitado pueda inducir al público a error sobre el carácter o la significación de la marca, en particular cuando pueda dar la impresión de ser algo distinto a una marca colectiva o de garantía.
  • En el caso de las marcas de garantía, también sería una causa de denegación, que el informe del órgano administrativo competente fuera desfavorable.