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Mayo 2021 | Boletín nº 133 | Suscríbete
NIPO: 088-17-040-8

FAQs: Patente europea

Dada la importancia de la patente europea, hemos publicado recientemente en nuestra página web información actualizada relativa a la misma. A través de las preguntas frecuentes  dedicadas a este tema, se dan a conocer las particularidades relativas a la presentación de una solicitud de patente europea a través de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A. (OEPM), así como las formas de hacer valer sus efectos, una vez ésta haya sido concedida y publicada ante la Oficina Europea de Patentes (OEP).

Para una mejor comprensión de la materia, las preguntas han sido ordenadas teniendo en cuenta diferentes momentos en los que se puede encontrar el solicitante. De esta forma, se simplifica la información y se sitúa a los usuarios en atención a las particularidades a tener en cuenta antes de proceder con una presentación de solicitud de patente europea, posteriormente al momento mismo de su presentación y finalmente, tras la concesión.

Desde un punto de vista global, se informa acerca de la presentación de la solicitud, efectos de la solicitud tras su publicación en el Boletín Europeo de Patente (BEP) y su posterior concesión y publicación por la OEP, así como de los requisitos y plazos con los que cuenta su titular para que dicho derecho despliegue su plena efectividad en España. En este sentido, conviene recordar que nos encontramos con un derecho que si bien es concedido por un único organismo (la OEP), a través de un único procedimiento de concesión y legislación (Convenio de Múnich 1973 sobre Patente Europea CPE), sólo tendrá efectos en España, en la medida en que una vez concedida la patente, se dé cumplimiento a los requisitos temporales, formales y materiales de traducción establecidos en nuestra Ley de Patentes 24/2015, a través de un trámite: el de la validación de la patente en España, que resulta indispensable para que el derecho despliegue todos sus efectos.

Cabe destacar que la patente, una vez concedida y validada en España, pasa a regirse por la misma normativa que si de una patente nacional se tratara, es decir por la Ley 24/2015 de patentes, de especial importancia en el devengo de anualidades requeridas para el mantenimiento del derecho.

Actualmente, el 50% de las invenciones protegidas en España vienen por extensión de la Patente Europea, siendo el 100% de ellas solicitadas por vía electrónica, cumpliéndose plenamente los objetivos de transparencia de toda actuación administrativa, que de manera eficiente ofrecen al interesado información puntual, ágil y actualizada del expediente tramitado ante la OEP.

Más información

https://www.oepm.es/es/Invenciones_Menu/Patente_Europea/

https://www.oepm.es/es/sobre_oepm/noticias/2021/2021_03_16_NumSoliPatEuroOrigenES_OEP.html?accesoInterno=true

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