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Febrero 2025 | Boletín nº 174 |
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Participación públicaLa opinión de los ciudadanos, organizaciones y asociaciones resulta muy importante a la hora de elaborar un proyecto normativo o bien para obtener aportaciones adicionales en el caso de un proyecto normativo ya redactado. 1. Trámite de audiencia e información pública sobre el Proyecto del Real Decreto por el que se regula el procedimiento nacional para la tramitación de solicitudes de registro, modificación del pliego de condiciones y anulación de las indicaciones geográficas de productos artesanales e industriales en el Registro de la Unión Europea. El Reglamento (UE) 2023/2411 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de octubre de 2023, relativo a la protección de las indicaciones geográficas de productos artesanales e industriales y por el que se modifican los Reglamentos (UE) 2017/1001 y (UE) 2019/1753 trae consigo la creación de un nuevo título de propiedad industrial, único para toda la Unión Europea. A tal fin, el Reglamento Europeo contempla un procedimiento de registro que ha de ejecutarse en dos fases: una primera fase nacional, desempeñada por la autoridad competente designada por el Estado miembro de procedencia de la indicación geográfica, y otra segunda fase europea (siempre y cuando la fase nacional fuese favorable a la solicitud), donde la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) concede o deniega la inscripción de la indicación geográfica en el Registro de la Unión. El objetivo de este real decreto es regular la fase nacional del procedimiento para indicaciones geográficas dentro del ámbito competencial del Estado, esto es, cuyo ámbito territorial exceda del de una comunidad autónoma. También regula la actuación de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A. (OEPM) como enlace entre los organismos competentes de las comunidades autónomas y la EUIPO en el caso de las solicitudes cuyo ámbito territorial se extienda a una sola comunidad autónoma, dependientes por tanto de la respectiva Administración autonómica. Además, se regula la posibilidad de llevar a cabo modificaciones en el pliego de condiciones, la de anular la indicación geográfica cuyo ámbito territorial exceda del de una comunidad autónoma, una vez se haya registrado, así como el régimen de control oficial para dichas indicaciones geográficas de productos artesanales e industriales. Igualmente, se prevé la creación de canales de coordinación de las administraciones con competencia en indicaciones geográficas de productos artesanales e industriales. Cualquier interesado podrá realizar sus aportaciones hasta el día 14 de marzo de 2025. Puede accederse a la consulta desde aquí y realizar aportaciones enviando un correo electrónico a: coordinacionjuridica@oepm.es 2. Consulta pública previa sobre el Anteproyecto de Ley de modificación de la Ley 20/2003, de 7 de julio, de protección jurídica del diseño industrial para transponer la Directiva (UE) 2024/2823 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2024 sobre la protección jurídica de los dibujos y modelos. Cualquier interesado podrá realizar sus aportaciones hasta el día 6 de marzo de 2025. Puede accederse a la consulta desde aquí: coordinacionjuridica@oepm.es. IG productos artesanales e industriales
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