Si no visualiza correctamente este boletín, por favor pulse aquí
 

 

 

Plan Piloto para el traslado temprano del IET

Dentro del sistema de protección mediante patentes, el Convenio de la Unión de París (CUP) establece un plazo de prioridad de doce meses para extender dicha protección a otros países para quienes hayan depositado regularmente una solicitud de patente en un país de la Unión. Por ello, es recomendable que el solicitante disponga de una opinión temprana que le indique qué posibilidades tiene de extender con éxito su protección antes de los doce meses desde su primer depósito.

La OEPM ofrece, mediante el programa CAP de Concesión Acelerada de Patentes o mediante las solicitudes internacionales del PCT, la posibilidad de disponer de un informe de patentabilidad temprano. Consciente de la conveniencia de extender esta posibilidad progresivamente y, en la medida en que los recursos disponibles lo permitan, a las tramitaciones normales de patentes nacionales, la OEPM ha tomado la iniciativa de lanzar un Plan Piloto que, además, se encuadra dentro de sus estrategias de fomento, entre las que destaca el Plan de Protección de la Propiedad Industrial en España para el periodo 2010-2012 (Plan Pi).

Se establece, en consecuencia, un plan piloto en un sector técnico específico, de manera que en todas las solicitudes nacionales de patente de ese sector, presentadas a partir del 2 de enero de 2012 y que cumplan los requisitos pertinentes, se dará traslado del Informe sobre el Estado de la Técnica (IET) en un plazo inferior a nueve meses desde la fecha de presentación. El sector técnico elegido para este plan piloto es el de alimentación.

Requisitos  
Los requisitos que deberán cumplir las solicitudes para entrar en este Plan son:

  • Solicitudes de patente nacional pertenecientes al sector de alimentación
    a) que superen el examen formal y técnico
    b) que efectúen la petición de IET y abonen la tasa correspondiente dentro de los 5 primeros meses desde su presentación.

De esta manera, la OEPM está en disposición de realizar y dar traslado confidencial del IET antes de los nueve meses para facilitar que el solicitante pueda diseñar sus estrategias de internacionalización y tomar las decisiones más adecuadas.

La publicación de la solicitud junto con el IET se efectuará a los 18 meses desde la fecha de presentación tal como establece el artículo 26.1 del Reglamento de ejecución de la Ley de Patentes.

 

Para más información, pinchar aquí.

 

Plan Piloto para el traslado temprano del IET
Programa de Ayudas de la OEPM
OAMI: la mediación como alternativa a un Recurso
Nuevo servicio gratuito: Datos con acceso abierto (Open Data)
'Online Filing', cómo enviar documentación con posterioridad a solicitudes PCT

 

 

 
Desarrollado por: Grupo InforpressPolítica de protección de datos | Darse de baja | Ediciones anteriores