Si no visualiza correctamente este boletín, por favor pulse aquí
www.oepm.es
Septiembre 2020 | Boletín nº 125 | Suscríbete
NIPO: 088-17-040-8

Informes de funcionamiento de Memorandos de Entendimiento de la Comisión Europea relacionados con derechos de propiedad industrial

La Comisión Europea publicó el 14 de agosto dos informes sobre el funcionamiento de los siguientes Memorandos de Entendimiento (MoU):

  • MoU sobre la venta de productos falsificados en Internet. En este enlace se puede consultar el MoU y el informe.
  • MoU sobre publicidad en línea y derechos de propiedad industrial e intelectual (DPI). En este enlace se puede consultar el MoU y el informe.

El propósito del MoU sobre la venta de productos falsificados en Internet es establecer un código de prácticas en la lucha contra la venta de productos falsificados a través de Internet y mejorar la colaboración entre los signatarios, incluidos y además de Notice and Take -Procedimientos de bajada. El MoU también servirá de ejemplo para otras partes interesadas que no sean signatarias de este MoU.

El MoU sobre publicidad en línea y DPI, es un acuerdo voluntario facilitado por la Comisión Europea para limitar la publicidad en sitios web y aplicaciones móviles que infringen los derechos de autor o muestran productos falsificados. Los signatarios de este MoU se comprometen a minimizar la colocación de publicidad en sitios web y aplicaciones móviles que infrinjan los derechos de autor o difundan productos falsificados. Esto ayudará a reducir los ingresos de estos sitios web y aplicaciones. Los signatarios también se comprometen a monitorear el impacto y la efectividad del MoU en el mercado de la publicidad on line.

La venta de productos falsificados sigue siendo un problema grave.

Los productos falsificados buscan engañar a los consumidores, sobre todo en cuanto a su valor y calidad. Los falsificadores solían apuntar a artículos de moda de lujo. Hoy en día, esta tendencia ha cambiado y la gama se extiende a productos tecnológicamente avanzados, así como a los más sencillos del día a día, como cosméticos, juguetes, componentes electrónicos, alimentos y bebidas, productos farmacéuticos y repuestos para vehículos. En algunos casos, el impacto sobre la salud y la seguridad de los consumidores puede ser significativo. Muchos productos falsificados peligrosos, como los juguetes, implican riesgos graves. El reciente aumento de equipos de protección personal falsificados relacionados con Covid-19, productos farmacéuticos, sanitarios y sanitarios, p. ej. máscaras faciales y kits de prueba, ha demostrado cómo los productos falsificados pueden ser perjudiciales para la salud.

La venta de productos falsificados puede tener importantes consecuencias económicas negativas para las empresas europeas, incluida la pérdida de ingresos y la caída del empleo, así como daños al valor de la marca, altos costos de aplicación y disminución de los incentivos para innovar. Para los gobiernos, la falsificación da como resultado una pérdida de ingresos fiscales y contribuciones a la seguridad social.

Los productos falsificados también tienen un impacto ambiental negativo, porque los falsificadores no tienden a respetar las regulaciones ambientales.

Estudio sobre el impacto del MoU en la publicidad online y los DPI en el mercado de la publicidad online

Además de los anteriores informes, en agosto de 2020, la Comisión Europea ha publicado el primer estudio que cuantifica la evolución de la publicidad en línea en sitios web que infringen los DPI a lo largo del tiempo y monitorea el impacto del MoU en el mercado de la publicidad en línea.

La presencia de publicidad convencional para las principales marcas, así como la disponibilidad de servicios de pago reconocidos, en sitios web y aplicaciones que cometen infracción de DPI:

  1. otorgan credibilidad indebida a dichos sitios web y aplicaciones; esto confunde a los consumidores, quienes pueden creer erróneamente que dichos sitios web o aplicaciones brindan acceso a contenido, bienes o servicios legales y erosiona su confianza;
  2. daña la reputación de marcas legítimas, que a menudo desconocen dónde terminan sus anuncios;
  3. daña la reputación y socava el valor de la industria publicitaria.

El MoU ayuda a desarrollar la cooperación entre intermediarios publicitarios, anunciantes, proveedores de tecnología y asociaciones de la industria para evitar que se coloquen anuncios en sitios web y aplicaciones que infringen los DPI. El estudio tiene como objetivo cuantificar la evolución de la publicidad en línea en los sitios web que infringen los derechos de propiedad intelectual a lo largo del tiempo y monitorea el impacto del MoU en el mercado de la publicidad en línea. Proporciona una indicación del alcance y la naturaleza del problema en diferentes países de la UE analizando, en particular, los tipos de anuncios, los sectores de publicidad de marca, las marcas y los intermediarios publicitarios. También compara la UE con EEUU durante el mismo período de tiempo, proporcionando un punto de referencia, y compara un subconjunto de sitios web idénticos antes y después de la firma del MoU.

El estudio se puede consultar en el siguiente enlace.

Suscríbete
Compartir
Ponte en contacto con la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM)
902 157 530 información@oepm.es
Política de protección de datos | Darse de baja