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Medidas sobre plazos y trámites de solicitantes afectados por la catástrofe sufrida en Japón
Teniendo en cuenta los trágicos acontecimientos acaecidos en Japón,la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) quiere recordar las medidas que la legislación nacional ofrece para reparar el incumplimiento de plazos y trámites por parte de aquellos solicitantes, titulares, licenciatarios, oponentes y correspondientes corresponsales residentes, domiciliados o con establecimiento comercial en las zonas afectadas por el terremoto y posterior tsunami.
Las medidas se aplicarán –caso por caso por la OEPM– en cumplimiento de la legislación y teniendo en cuenta los derechos de los terceros interesados en el procedimiento. Éstas son:
- Restablecimiento de derechos (art. 25 Ley de Marcas aplicable al resto de modalidades de propiedad industrial)
- Rehabilitación de títulos de patente (art. 117 de la Ley de Patentes)
- Prórroga de plazos (art. 36 Reglamento de Patentes)
- Las que se aprecien como consecuencia de irregularidades en el servicio postal (art. 48 PCT y Regla 82 de su Reglamento de ejecución)
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