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Mayo 2018 | Boletín nº 100 | Suscríbete
NIPO: 088-17-040-8

Modelo de declaración responsable sobre el cumplimiento de los requisitos para la realización de traducciones de patentes europeas y solicitudes internacionales de patentes

A disposición del usuario en la página web de la OEPM

Tal y como se indica en la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, para que una patente o una solicitud de patente pueda desplegar efectos jurídicos en España deberá estar redactada en español o presentarse una traducción a este idioma dentro de los plazos establecidos reglamentariamente. En este sentido los artículos 154.2 y 169.2 de dicha ley estipulan que pueden presentar las correspondientes traducciones los Agentes de la Propiedad Industrial, cuyo acceso a la actividad exige la superación de un examen de cualificación que incluye pruebas de idioma y de conocimientos en materia de propiedad industrial, y los traductores jurados, que igualmente deben superar un riguroso examen de conocimientos lingüísticos.

Con el fin de ampliar el acceso a la actividad de traducción de patentes a otros habilitados, sin perjudicar con ello los derechos de los titulares de patentes ni el interés general, el Real Decreto 316/2017, de 31 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ejecución de la Ley 24/2015 prevé en su Disposición Final 5ª la aprobación de los requisitos y criterios para poder realizar unas traducciones fieles y exactas conforme a lo previsto en la Ley de Patentes mediante Orden del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, previo informe a la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.

En este sentido, el pasado 27 de marzo de 2018 se publicó en el Boletín Oficial del Estado, la Orden ETU/320/2018, de 26 de marzo, por la que se establecen los requisitos y condiciones en las que otros habilitados, distintos de los expresamente facultados por los artículos 154.2 y 169.2 de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, podrán traducir las patentes europeas y solicitudes internacionales de patentes a que se refieren dichos artículos. El apartado 2 de su artículo único dispone que cuando se presente una traducción por alguna de las personas contempladas en el apartado anterior, deberá acompañarse de una declaración responsable en la que se manifieste que se cumplen los requisitos y condiciones indicados. A estos efectos, y en cumplimiento de lo estipulado en dicha Orden, la OEPM pone a disposición del usuario un modelo de declaración responsable en su página web.

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