Las Oficinas Nacionales de Marcas de la Unión Europea han adoptado una serie de directrices para determinar si un término de la clasificación es suficientemente claro y preciso. Este acuerdo se ha desarrollado en el marco de los trabajos realizados por dichas Oficinas en el ámbito de la Clasificación de Productos y Servicios, que tienen constancia en la comunicación conjunta del 20 de noviembre de 2013, publicada en la web de la OEPM.
Estas directrices servirán de ayuda para evaluar, en el ámbito del flujo de trabajo armonizado, si procede incluir en la base de datos armonizada nuevos términos de la clasificación. Las mismas podrán además ser de utilidad para motivar la aceptación o desestimación de cualquier término de la clasificación que se solicite.
Este documento será objeto de actualizaciones cuando sea preciso.
El Acuerdo al que se hace referencia es el siguiente:
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