La Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) unificará los plazos de pago de las tasas de mantenimiento de los derechos de propiedad industrial, según el Decreto aprobado hoy en el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Industria y Energía, Josep Piqué.
El mantenimiento de las distintas modalidades de propiedad industrial (patentes, marcas, modelos de utilidad, nombres comerciales y rótulos de establecimiento) está sujeto al pago de determinadas tasas periódicas, anualidades en el caso de patentes y modelos de utilidad y quinquenios en el caso de marcas y demás signos distintivos.
El objetivo de esta disposición legal es evitar ciertas ambigüedades existentes en la legislación anterior, flexibilizar los plazos demasiado rigurosos en la actualidad e introducir un criterio claro y determinante respecto al periodo de tiempo en el que deben cumplir su obligación los sujetos obligados al pago, lo que supone un incremento notable de la seguridad jurídica.
Se establece un periodo de pago que comprende desde los tres meses anteriores a la fecha de vencimiento, hasta el mes posterior a dicha fecha.
Asimismo, en el proyecto de Ley de Acompañamiento de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2000, se incluye una previsión similar respecto de estos derechos de propiedad industrial, cuando hubieran sido concedidos durante la vigencia del Estatuto de la Propiedad Industrial o cuando aún estuvieran siendo concedidos bajo esta legislación (modelos y dibujos industriales). Ello se debe a que el periodo de pago de las tasas de mantenimiento de estos derechos viene fijado por una norma con rango de ley.
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