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Preguntas frecuentes

 

Respondemos todas aquellas dudas referentes a los diferentes procesos implicados en la propiedad industrial.

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Antes de que se produzca la publicación de la solicitud  en el BOPI el contenido de dicha solicitud puede ser modificado. Si la modificación no se solicita en dicho periodo, sólo podrá ser modificada, a instancia del solicitante, para rectificar su nombre y dirección, las faltas de expresión o de transcripción o los errores manifiestos. En todo caso, tales modificaciones solo serán admisibles mientras no afecte sustancialmente a la marca ni amplíe o cambie la lista de productos o servicios cuya protección se solicita.

Sí, el menos se realizarán dos publicaciones. E n primer lugar, tras haber presentado la solicitud y una vez que la marca o nombre comercial ha superado el examen de forma se publicará en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial (BOPI) para que los terceros puedan oponerse en el plazo de dos meses si estiman que la nueva solicitud infringe derechos anteriores. Asimismo una vez son concedidos o denegados se publicarán en el mismo Boletín.

Sí, dado que la protección de las marcas y nombres comerciales se otorga a aquella que tenga una fecha de solicitud anterior, cuanto antes se presente la solicitud mayor será la protección otorgada. De esta manera obtiene una fecha de presentación de la solicitud frente al que la solicite posteriormente. Aun cuando no tenga ultimados todos los requisitos formales, teniendo los indispensables conviene presentar la solicitud y cumplir posteriormente con el resto de los requisitos.

El registro de una marca o nombre comercial no es imprescindible para su utilización en el tráfico mercantil por lo que puede ser empleada en el mercado antes de solicitar el registro. No obstante, el registro de la marca o nombre comercial es conveniente para asegurar su protección, evitando así que sea empleado por terceros así como garantizar que su explotación no confgronta con derechos anteriores de otros titulares de marca o nombre comercial