Si deseas distinguir tus productos, servicios o ambos de los de otra empresa, es posible que necesites una marca o nombre comercial. Descubre qué son, en qué consiste su procedimiento de registro y qué implica.
Información sobre los plazos de presentación de solicitudes de transformación de marcas de la Unión Europea en marca nacional española. Más información
Si tienes un nuevo dispositivo, producto o procedimiento que resuelva un problema técnico o tenga una ventaja práctica, existen distintas formas de protegerlo en España y en otros países. Descubre cómo hacerlo.
¿Tu innovación reside en la estética, la ornamentación o la apariencia de tu producto? Protégela mediante un diseño industrial. Descubre qué derechos confiere el registro y cómo realizar la tramitación.
Las patentes publicadas en todo el mundo son una valiosa fuente de información científica, técnica y comercial.
Los Bonos 1 (no aplicable en España), 2 (Marcas y Diseños) y 3 (patentes nacionales, patentes europeas, informes tecnológicos de patentes y búsquedas retrospectivas) se encuentran cerrados desde el 20/08/2025. La solicitud del Bono 4 sigue abierta. Más adelante se informará sobre la reapertura de estos Bonos
Si eres emprendedor/a o una empresa y quieres potenciar y mejorar la rentabilidad de tu negocio protegiendo de forma adecuada los activos intangibles de tu organización, en este espacio encontrarás lo necesario.
Respondemos todas aquellas dudas referentes a los diferentes procesos implicados en la propiedad industrial.
El plazo máximo de resolución aplicable a los procedimientos de nulidad y caducidad, regulado la Disposición adicional quinta de la Ley de Marcas como plazo residual, es de 20 meses. No obstante, la práctica de la OEPM permite resolver los procedimientos de nulidad y caducidad en una horquilla de entre 6 y 12 meses.
Sí, de acuerdo al artículo 26.d) de la Ley de Marcas, las partes podrán solicitar de común acuerdo la suspensión del procedimiento por un plazo máximo de 6 meses a contar desde la fecha de la solicitud de la suspensión.
La ampliación de plazo en los procedimientos de nulidad y caducidad únicamente se concederá cuando intervengan interesados residentes fuera de España en virtud del artículo 32.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En ningún caso se concederá la ampliación de los plazos preclusivos.
Sí, el solicitante de la nulidad o caducidad puede en cualquier momento desistir de su solicitud. En estos casos, se emitirá una resolución de desistimiento y la OEPM no entrará a valorar el fondo del asunto.