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Preguntas frecuentes

 

Respondemos todas aquellas dudas referentes a los diferentes procesos implicados en la propiedad industrial.

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El valor de una patente, al tratarse de un activo intangible, puede ser subjetivo dependiendo de su titular, de su poseedor o de la persona que la esté explotando. Por ejemplo: una patente tendrá distinto valor si forma parte de los activos de una sociedad en quiebra que en el contexto de una empresa en plena producción. Su valor para un banco, que lo único que puede hacer es revenderla, es distinto que para un operador del mercado que ya dispone de los medios para hacerla productiva.

A pesar de la existencia de un componente subjetivo, para su valoración existen métodos específicos que se encuentran recogidos en la normativa del OCDE y de las autoridades fiscales de la UE, como, por ejemplo: el método de actualización de flujos de caja futuros, el método de costes o el método de mercado.

Además del valor monetario, las patentes tienen también un valor no monetario. Por ejemplo, animan al personal a ser innovador.

El valor de una patente es la utilidad comercial futura que se puede extraer del uso de dicha patente, bien utilizándola para los productos de la misma sociedad, bien concediendo licencias, o vendiendo la patente.

Una cartera de patentes es la relación de patentes que tiene una persona o sociedad. Gestionar tu cartera de patentes y compararla con las de otras sociedades es esencial para poder determinar mejor el valor económico de tus propias patentes y mantener la competitividad. La gestión de su cartera de patentes puede ayudarte a identificar oportunidades y factores de riesgo (por ejemplo, mercados emergentes o aparición de tecnologías sustitutivas).

La inobservancia de un trámite que tenga como consecuencia la pérdida de un derecho puede ser objeto de restablecimiento siempre y cuando se cumplan con unos requisitos legalmente establecidos en el artículo 53 LP y 71 del RLP.

Dentro de los tipos de trámites, en el ámbito de patente europea nos encontramos con el de la validación y posterior pago de las anualidades para el mantenimiento del derecho.

En relación a los requisitos exigidos por la LP, se deberán cumplir de manera acumulativa, los siguientes:

- Requisitos objetivos: La inobservancia del trámite, tiene como consecuencia directa la pérdida del derecho.

- Requisitos temporales: Conforme a lo previsto en el artículo 53.2 de la LP, el plazo para formular una petición de restablecimiento y para cumplir con los requisitos establecidos será el primero que expire de los siguientes:

    i) dos meses contados a partir del cese del impedimento;

    ii) doce meses contados a partir de la fecha de expiración del trámite omitido o, cuando una petición guarde relación con la falta de pago de una tasa de mantenimiento, doce meses contados a partir de la fecha de expiración del período de seis meses de pago con recargos al que se refiere el artículo 185 LP.

- Requisitos formales: Deberá solicitarse por escrito en formulario formalizado 5410X y deberá cumplirse el trámite inobservado, así como el pago de las tasas correspondientes a la solicitud del restablecimiento y al trámite incumplido.

   Formulario e instrucciones

   Presentación electrónica

   Tasas

- Requisitos materiales: debiéndose alegar la diligencia debida en relación al trámite inobservado con la aportación de la prueba que sea necesaria para su acreditación.