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Preguntas frecuentes

 

Respondemos todas aquellas dudas referentes a los diferentes procesos implicados en la propiedad industrial.

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Representación y Brexit
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Diez años desde la fecha de su solicitud. A los diez años la marca y/o el nombre comercial debe renovarse. La marca y/o el nombre comercial pueden renovarse indefinidamente.

La OEPM le avisará del vencimiento de dicho plazo con antelación suficiente. Es importante que comunique a la OEPM cualquier cambio de domicilio. Es recomendable que señale como medio de notificación preferente una dirección de correo electrónico, dada la rapidez con la que recibirá cualquier aviso por este medio.

No obstante lo anterior debe tenerse en cuenta que todavía siguen en vigor algunos registros nacionales concedidos bajo la antigua legislación de marcas por lo que, si su fecha de solicitud es previa al 12 de mayo de 1989 se recomienda consultar con los servicios de información de la Oficina a fin de determinar la próxima fecha de renovación y pagos de su marca o nombre comercial.

No. La búsqueda de marcas y nombres comerciales iguales o parecidos solicitados o concedidos con anterioridad, puede servir para dar un conocimiento bastante amplio de lo que está protegido, pero no puede garantizar que la marca y el nombre comercial vayan a ser concedidos y que no se lesionen derechos de terceros si se empiezan a utilizar en el tráfico económico.

El plazo para presentar oposiciones a una solicitud de registro de marca es de dos meses contados desde la fecha de publicación de dicha solicitud en el B.O.P.I.

Las presentadas directamente en la OEPM tardan una semana aproximadamente en grabarse y las presentadas en otros Organismos competentes en plazo pero fuera de la OEPM, de acuerdo con la fecha de recepción, deben recibirse y posteriormente grabarse, lo que supone que, en ocasiones transcurran algunos días más hasta su constancia en la base de datos.

Sí. El solicitante puede ser una persona natural o jurídica, también pueden ser titulares una pluralidad de personas.