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Marcas de la UE

 

¿Qué es la marca de la Unión Europea (MUE)? 

 

La marca de la Unión Europea otorga a su titular un derecho de exclusiva en la totalidad del territorio de la Unión Europea, otorgando una protección uniforme a la marca en todos sus Estados miembros. Este derecho tiene carácter unitario, por lo que la marca de la Unión Europea solo puede ser solicitada y, en su caso, concedida para todo el territorio de la Unión Europea. Del mismo modo, si la marca resulta denegada o cancelada, el registro perderá sus efectos para todos los Estados miembros de la Unión Europea.

 

¿Qué signos pueden constituir marca de la Unión Europea? 

 

Cualquier signo, en particular, las palabras, incluidos los nombres de personas, los dibujos, las letras, las cifras, los colores, la forma del producto o de su embalaje, con la condición de que tales signos sean apropiados para distinguir los productos o los servicios de una empresa de los de otras empresas y de que sean representables en el Registro de Marcas de la UE de manera que permitan a las autoridades competentes y al público en general, determinar el objeto claro y preciso de la protección otorgada a su titular.

 

¿Dónde puede solicitarse una marca de la Unión Europea? 

 

Puede solicitarse directamente ante la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) (https://euipo.europa.eu/ohimportal/es/). La Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., no interviene ni es intermediaria en el procedimiento de registro de la marca de la Unión Europea.

 

¿Cuál es el plazo de vigencia de la marca de la Unión Europea?

 

La marca de la Unión Europea se concederá por un periodo de 10 años contados a partir de la fecha de solicitud. El registro podrá renovarse indefinidamente por periodos sucesivos de 10 años.

 

¿Cómo puedo saber si el signo que quiero proteger entra en conflicto con otras marcas de la Unión Europea, con marcas de alguno de sus Estados miembros o con registros internacionales protegidos en la Unión Europea o en sus Estados miembros? 

 

Se recomienda efectuar una búsqueda previa antes de presentar la solicitud a fin de evitar posibles conflictos con otras marcas anteriores, pues una vez publicada la solicitud de marca de la Unión Europea se abre el plazo para que terceros que pudieran verse afectados por su registro puedan formular oposición al mismo. Para efectuar dicha búsqueda de anterioridades, puede utilizar la base de datos TMView, donde se incluye información relativa a la solicitud y registro de marcas de las oficinas nacionales de los Estados miembros de la UE, de la EUIPO y, además, de una serie de oficinas nacionales de fuera de la UE.

 

¿Puedo solicitar una marca de la Unión Europea si ya cuento con una marca nacional española? 

 

El sistema de registro nacional y el de la Unión Europea son complementarios y funcionan en paralelo. Por lo tanto, siempre podrá acudir a uno, a otro o a ambos según las necesidades de protección de su marca.

 

El solicitante o titular de una marca española podrá beneficiarse de la antigüedad de la misma en la Unión Europea si se presenta la solicitud antes del transcurso de seis meses, siempre y cuando se trate de idéntica marca y los mismos productos o servicios, o productos o servicios que ya estuvieran contenidos en la marca española. Existe además la posibilidad de reivindicar la antigüedad en base a varias marcas españolas siempre que se trate del mismo titular.