Durante el procedimiento de mediación y arbitraje, la OEPM remite la solicitud al Centro de arbitraje y mediación de la OMPI que ayudará a ambas partes a buscar una solución extrajudicial.
Tanto el titular de un derecho de protección en vigor en España como cualquier interesado pueden solicitar mediación o arbitraje ante la OEPM.
Se remite la solicitud al Centro de arbitraje y mediación de la OMPI que tramitará la solicitud.
El acuerdo de mediación suscrito por el mediador y las partes, se debe elevar a escritura pública u homologar por el Juez. El laudo arbitral firme producirá efectos de cosa juzgada.
El acuerdo de mediación, una vez elevado a escritura pública u homologado por el Juez, se comunicará a la OEPM para su ejecución. El laudo arbitral firme se comunicará a la OEPM para su anotación y ejecución.