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Preguntas frecuentes propiedad industrial

Las siglas BOPI corresponden a Boletín Oficial de la Propiedad Industrial. Esta publicación es editada diariamente por la Oficina Española de Patentes y Marcas, y constituye el medio de comunicación oficial de los actos administrativos (solicitudes, notificaciones y resoluciones) de las distintas modalidades de propiedad industrial.

De manera coloquial podría decirse que el BOPI es el BOE de las patentes, marcas y diseños oficiales.

El tiempo que transcurre hasta la concesión de un derecho de propiedad industrial depende de cada modalidad y de si la solicitud sufre algún suspenso, pero los plazos medios hasta la concesión son:

En signos distintivos, entre 8 y 15 meses. Los diseños industriales, 3 días si la solicitud no sufre ningún suspenso y 5 meses si la solicitud sufre algún suspenso.

Actualmente, en relación a la tramitación de patentes, entre el depósito de la solicitud y su publicación discurre un plazo de 18 meses. Y el plazo máximo para resolver es el que resulte de añadir dieciocho meses desde que se publique el informe sobre el estado de la técnica en el «Boletín Oficial de la Propiedad Industrial». Por lo que cabe estimar que el plazo medio de concesión de una patente será aproximadamente de 36 meses. Ahora bien, si el expediente no presenta objeciones a la concesión, puede concederse en el plazo de unos 24 meses desde la fecha de presentación.

En relación con los modelos de utilidad, el plazo medio de concesión es alrededor de 4 meses si no se presentan oposiciones a la concesión.

Gracias a la Propiedad Industrial se obtienen unos derechos de exclusiva sobre determinadas creaciones inmateriales que se protegen como verdaderos derechos de propiedad.

En España hay varios tipos de derechos de Propiedad Industrial:

- Diseños industriales: protegen la apariencia externa de los productos

- Marcas y Nombres Comerciales (Signos Distintivos): protegen combinaciones gráficas y/o denominativas que ayudan a distinguir en el mercado unos productos o servicios de otros similares ofertados por otros agentes económicos.

- Patentes y modelos de utilidad: protegen invenciones consistentes en productos y procedimientos susceptibles de reproducción y/o utilización con fines industriales

- Topografías de semiconductores: protegen el (esquema de) trazado de las distintas capas y elementos que componen un circuito integrado, su disposición tridimensional y sus interconexiones, es decir, lo que en definitiva constituye su "topografía".

Para cada uno de estos derechos hay una legislación aplicable que se puede consultar en el apartado de “Normativa” de la página web (http://www.oepm.es/es/propiedad_industrial/Normativa/)

Los derechos de Propiedad Industrial permiten a quien los ostenta decidir quién puede usarlos y cómo puede usarlos.

Dichos derechos se otorgan mediante un procedimiento por el organismo competente (en España la Oficina Española de Patentes y Marcas) y la protección que dispensan se extiende a todo el territorio nacional.

Un vez notificado el trámite de audiencia el interesado, si lo considerase oportuno, procederá a la contestación de los argumentos de la otra parte sobre los que se le haya dado traslado, en el plazo de 15 días hábiles desde dicha notificación. Una vez transcurrido dicho plazo, se procederá a la resolución del recurso interpuesto con independencia de haber contestado o no al mismo.

La contestación al trámite de audiencia por parte del interesado no conlleva pago de tasa alguna.