Si deseas distinguir tus productos, servicios o ambos de los de otra empresa, es posible que necesites una marca o nombre comercial. Descubre qué son, en qué consiste su procedimiento de registro y qué implica.
Información sobre los plazos de presentación de solicitudes de transformación de marcas de la Unión Europea en marca nacional española. Más información
Si tienes un nuevo dispositivo, producto o procedimiento que resuelva un problema técnico o tenga una ventaja práctica, existen distintas formas de protegerlo en España y en otros países. Descubre cómo hacerlo.
¿Tu innovación reside en la estética, la ornamentación o la apariencia de tu producto? Protégela mediante un diseño industrial. Descubre qué derechos confiere el registro y cómo realizar la tramitación.
Las patentes publicadas en todo el mundo son una valiosa fuente de información científica, técnica y comercial.
El Bono 3 del Fondo para pymes 2025, que cubre la elaboración de Informes Tecnológicos de Patentes (ITP) y Búsquedas Retrospectivas se cerrará el miércoles 18/06/2025 al final de la jornada laboral. Puede consultar más información aquí.
Si eres emprendedor/a o una empresa y quieres potenciar y mejorar la rentabilidad de tu negocio protegiendo de forma adecuada los activos intangibles de tu organización, en este espacio encontrarás lo necesario.
Sí, cuando hay varios solicitantes es imprescindible que firmen todos. No vale con una sola firma, salvo que los demás autoricen a uno de ellos a actuar como su representante. En ese caso deberá presentarse un escrito debidamente firmado donde quede constancia de esta autorización.
Es la realizada por el trabajador durante la vigencia de un contrato o relación laboral fruto de la actividad investigadora del trabajador siempre que la misma constituya el objeto del contrato laboral, es decir, siempre que el trabajador hubiera sido contratado con ese fin. Las invenciones laborales pertenecen al empresario.
Sí. Los derechos de propiedad industrial pueden transmitirse, darse en garantía o ser objeto de derechos reales con independencia de la transmisión de la totalidad o parte de la empresa. Para que tengan efecto frente a terceros de buena fe, dichos actos deberán ser inscritos en la OEPM.
Entre los principales actos de gravamen se encuentran:
- las licencias: el titular del derecho permite su uso o explotación a otras personas pero sigue siendo su “propietario”
- cesiones: el titular del derecho cede la propiedad a terceros
- hipotecas mobiliarias: el titular del derecho entrega el mismo en garantía de un pago
- usufructo: el titular otorga el disfrute del derecho a tercero, dicho disfrute puede ser la explotación o uso o bien, las propias rentas obtenidas por el pago de licencias a terceros.
Sí. Los que se presenten en las Oficinas de las Comunidades Autónomas, podrán ser redactados en sus idiomas oficiales distintos del castellano, pero tienen que ser acompañados de la correspondiente traducción al castellano que se considerará auténtica en caso de duda entre ambos textos.
Sin embargo, los que se presenten directamente en la sede de la OEPM deberán estar redactados en castellano.