Si deseas distinguir tus productos, servicios o ambos de los de otra empresa, es posible que necesites una marca o nombre comercial. Descubre qué son, en qué consiste su procedimiento de registro y qué implica.
Información sobre los plazos de presentación de solicitudes de transformación de marcas de la Unión Europea en marca nacional española. Más información
Si tienes un nuevo dispositivo, producto o procedimiento que resuelva un problema técnico o tenga una ventaja práctica, existen distintas formas de protegerlo en España y en otros países. Descubre cómo hacerlo.
¿Tu innovación reside en la estética, la ornamentación o la apariencia de tu producto? Protégela mediante un diseño industrial. Descubre qué derechos confiere el registro y cómo realizar la tramitación.
Las patentes publicadas en todo el mundo son una valiosa fuente de información científica, técnica y comercial.
El Bono 3 del Fondo para pymes 2025, que cubre la elaboración de Informes Tecnológicos de Patentes (ITP) y Búsquedas Retrospectivas se cerrará el miércoles 18/06/2025 al final de la jornada laboral. Puede consultar más información aquí.
Si eres emprendedor/a o una empresa y quieres potenciar y mejorar la rentabilidad de tu negocio protegiendo de forma adecuada los activos intangibles de tu organización, en este espacio encontrarás lo necesario.
La OEPM no emite factura de las tasas abonadas porque constituyen tributos y están exentas de IVA.
Al realizar el pago electrónico podrás descargar el justificante del pago realizado. al realizar el pago presencial, la Sucursal bancaria te entregará un justificante del pago realizado.
Las tasas remuneran el trabajo realizado en tramitación de los expedientes con independencia de que la resolución que se dicte sea de concesión o de denegación.
Ante una denegación no procede devolución del importe abonado.
Los documentos necesarios para solicitar la protección de un derecho de propiedad industrial difieren según la modalidad. De manera general se puede indicar que los datos mínimos para obtener una fecha de presentación son los siguientes:
- Una declaración expresa o implícita de que se solicita el título.
- Datos que identifiquen al solicitante.
- En el caso de las patentes y modelos de utilidad, una descripción.
- En el caso de los signos distintivos y el diseño industrial, una reproducción del signo distintivo o del diseño industrial, junto con una indicación de los productos a los que se va a aplicar.
A la solicitud presentada se le otorga día, hora y minuto de presentación y un número que identificará el expediente y no será nunca modificado.
En el caso de que exista alguna irregularidad que impida otorgar una fecha de presentación, se notificará al solicitante para que subsane en los plazos que indique la ley para cada una de las modalidades de propiedad industrial, y en este supuesto, la fecha de presentación será la del día en que se haya recibido el escrito de subsanación. Si no subsana, la solicitud se tendrá por desistida.
En España la Propiedad Industrial protege todas las creaciones que están relacionadas con la industria: patentes y modelos de utilidad, signos distintivos y diseños.
Por el contrario la Propiedad Intelectual se reserva para la protección de las creaciones del espíritu en las que queda plasmada la personalidad del autor, tratándose de creaciones únicas y no producidas industrialmente o en serie.
Dichas creaciones pueden ser obras literarias y artísticas como las novelas, poemas y obras de teatro, películas, obras musicales, obras de arte, dibujos, pinturas, fotografías y esculturas o diseños arquitectónicos, así como las reglas para juegos y los programas de ordenador.
Para cada una de ellas existen leyes diferentes y los organismos encargados de su gestión son también distintos: la Oficina Española de Patentes y Marcas interviene en el reconocimiento de los derechos de propiedad industrial y el Registro de la Propiedad Intelectual en el de los derechos de Propiedad Intelectual.
La organización y direcciones del Registro de la Propiedad Intelectual pueden consultarse aquí.