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Frequently Asked Questions

 

Respondemos todas aquellas dudas referentes a los diferentes procesos implicados en la propiedad industrial.

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Propiedad Industrial
Marcas y Nombres Comerciales
Marcas colectivas y de garantía
Prueba de uso
Marcas internacionales
Transformaciones
Patente nacional y modelo de utilidad
Certificado complementario de protección
Patente europea y validación
Solicitud internacional PCT
Restablecimiento de derechos
Transmisiones y licencias
Tasas
Gestión y valoración de patentes
Representación
Agentes de la propiedad industrial (API)
Examen de calificación europeo (EQE)
Representación y Brexit
Clasificaciones
Nulidad y caducidad de marcas y nombres comerciales

Dado que las leyes de Propiedad Industrial establecen el requisito de “novedad” para invenciones, ya sean Patentes o Modelos de Utilidad, si se exhibe en una exposición oficial una invención y posteriormente se presenta una solicitud de Patente o Modelo de Utilidad podría denegarse su concesión por falta de novedad.

Las legislaciones española y europea establecen como excepción la divulgación en exposiciones “oficialmente reconocidas” durante los 6 meses anteriores a una solicitud de Patente o Modelo de Utilidad (6 meses anteriores a la fecha de presentación). En ese caso puede solicitarse un certificado oficial que después se presentará junto con la solicitud del correspondiente derecho de Propiedad Industrial, y que impedirá que se pueda alegar esta falta de novedad.

Sin embargo, la definición de “exposición oficial” no está armonizada en los distintos países/ regiones. Según el artículo 7 de la Ley de Patentes y el artículo 55.b del Convenio de la Patente Europea solo se reconocen las exposiciones oficiales u oficialmente reconocidas en el sentido del Convenio Relativo a Exposiciones Internacionales, firmado en París el 22 de noviembre de 1928 y revisado por última vez el 30 de noviembre de 1972. El número de ferias y exposiciones oficiales reconocidas tanto por la OEPM como por la Oficina Europea de Patentes es, por tanto, muy limitado. La Oficina Europea de Patentes publica anualmente en el número 4 de su Revista Oficial un listado con dichas exposiciones.

Por tanto, si se desea extender la protección al exterior y debido a los factores anteriormente expuestos no es recomendable la exhibición de la invención en una feria previamente a la presentación de la solicitud.

La defensa de los derechos de Propiedad Industrial está encomendada por Ley a los Tribunales españoles y se realiza a través del ejercicio de acciones civiles o penales siempre que se den las circunstancias y requisitos previstos en la ley.

El coste varía según la modalidad de que se trate y de forma muy general puede decirse que, a fecha de agosto de 2021:

El coste, en tasas a satisfacer a la OEPM, de la adquisición de los derechos puede estimarse aproximadamente en 1200 € para patente (1198,49 sin suspensos u otras incidencias) y en 101,38 € para modelo de utilidad. La mayor cuantía en el caso de patente se debe a la necesidad de solicitar el Informe sobre el Estado de la Técnica, que está sujeto al pago de una tasa de 691,50 € y la petición de examen sustantivo en el caso de las patentes que asciende a 393,67€ (importes actualizados para 2021).

A esto hay que añadir el coste de preparación de la documentación exigida para presentar una solicitud de patente o de modelo de utilidad. Para mantener estos derechos (patentes y modelos de utilidad) hay que hacer frente a unas tasas anuales de mantenimiento que aumentan progresivamente (desde 18,66 € para la tercera anualidad hasta 494,90 € para las últimas anualidades), de acuerdo con la duración temporal de la modalidad. Es decir, en patentes procede el pago hasta la vigésima anualidad y en modelos de utilidad hasta la décima. El importe de estas tasas se actualiza anualmente a través de la Ley de Presupuestos Generales del Estado y figuran, siempre actualizadas, en la página web de la OEPM.

 (http://www.oepm.es/export/sites/oepm/comun/documentos_relacionados/Tasas/2021_PATENTES.pdf)

En cuanto a las marcas nacionales, el coste aproximado se sitúa en torno a 150 euros, para registrar una sola clase y 350 euros para tres clases. Las renovaciones son cada 10 años y el importe es alrededor de 173€.

Por su parte, los diseños industriales tienen un coste aproximado de 78 a 280€ según el nº de diseños que se protejan en la misma solicitud. Las renovaciones deben realizarse cada 5 años, satisfaciendo un importe aproximado de 99,64 €.

Los importes relativos a las tasas, (salvo las relativas a anualidades establecidas de patentes y modelo de utilidad), tienen un 15% de descuento si la solicitud se realiza vía electrónica.

En el caso de las patentes es importante tener en cuenta que las tasas son iguales para todas las solicitudes, independientemente de cuál sea su temática.

Precios actualizados en: http://www.oepm.es/es/propiedad_industrial/tasas/

Las cantidades que deben abonarse para la solicitud y mantenimiento de los derechos de Propiedad Industrial se publican anualmente, siendo consultables en la página de Internet de la OEPM dentro del apartado “Tasas y precios públicos”.

El pago puede efectuarse mediante ingreso en cualquier Sucursal del territorio nacional de la citada entidad bancaria, con los impresos de autoliquidación habilitados a tal efecto, o vía electrónica a través de la Sede Electrónica de la OEPM (pago por pasarela de la Caixa, pasarela de la AEAT, o en algunos casos también mediante tarjeta de crédito).