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Jabetza industrialeko ohiko galderak

OEPMk ez du agiri horren kopiarik egiten.

Ziurtagiri bat eska daiteke, dagokion ziurtagiriaren inprimakiaren bidez, eta dagokion ziurtagiriaren tasa ordainduz.

Para formular este recurso es imprescindible abonar una tasa, que asciende a 74,88 euros si lo abona por vía electrónica y a 88,09 euros si lo hace de forma no electrónica; cada año se actualizan dichas tasas, por lo que se recomienda consultar las tasas en la página web de la OEPM. La falta de pago de la tasa de recurso dará lugar a la inadmisión del mismo.

Existe la posibilidad de obtener la devolución de la tasa de recurso. Ésta viene reconocida en el artículo 27.2 de la Ley de Marcas, en el artículo 183.4 de la Ley de Patentes y en el 41.4 de la Ley de Diseño y deben cumplirse los requisitos que en dichos artículos se establecen.

Ordaindutako tasak zerga bat dira (hala nola zirkulazioko zerga) eta ez da zergen fakturarik egiten.

Ordainagiria edozein erakunderen tasa ofizialak (udalaren tasak, Unibertsitateko matrikula eta abar) ordaintzen dituzunean ematen dizuten ordainagiriaren baliokidea da.

Las cantidades que deben abonarse para la solicitud y mantenimiento de los derechos de Propiedad Industrial se publican anualmente, siendo consultables en la página de Internet de la OEPM dentro del apartado “Tasas y precios públicos”.

El pago puede efectuarse mediante ingreso en cualquier Sucursal del territorio nacional de la citada entidad bancaria, con los impresos de autoliquidación habilitados a tal efecto, o vía electrónica a través de la Sede Electrónica de la OEPM (pago por pasarela de la Caixa, pasarela de la AEAT, o en algunos casos también mediante tarjeta de crédito).