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Preguntas frecuentes

 

Respondemos todas aquellas dudas referentes a los diferentes procesos implicados en la propiedad industrial.

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Indicacions geogràfiques

La solicitud debe presentarse a través del sistema digital de presentación de solicitudes diseñado al efecto por la Oficina de la Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), denominado «GI Portal». A la hora de rellenar el formulario de solicitud en ese portal deberá indicarse cuál es el país o países de origen del producto cuyo nombre se desea registrar. 

  1. Si el nombre se refiere a un producto con origen geográfico en España: el sistema informático del GI Portal remitirá automáticamente la solicitud a la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A. (OEPM), que es la autoridad competente a nivel nacional. A continuación:
    1. Si el producto es originario únicamente del territorio de una comunidad autónoma, la OEPM remitirá su solicitud al órgano autonómico competente que corresponda, para que examine su solicitud.
    2. Si el producto es originario del territorio de varias comunidades autónomas, la OEPM será quien realice el examen.
  2. Si el nombre se refiere a un producto con origen geográfico en España y en otros Estados miembros de la Unión Europea (p.ej. Portugal o Francia): la solicitud seguirá el mismo proceso que el indicado en el apartado a). Ha de saber que la solicitud, además de en España, también será examinada por la autoridad competente del otro Estado miembro que haya sido indicado en el formulario del GI Portal.
  3. En caso de que el nombre se refiera a un producto con origen geográfico en España y en otros países fuera de la Unión Europea (p.ej. Reino Unido, Principado Andorra o Marruecos): la solicitud deberá presentarse a través del GI Portal y será recibida por la OEPM, procediendo del mismo modo que en el apartado a).

No. Las solicitudes sólo pueden presentarse por medio del correspondiente formulario electrónico que estará disponible en el sistema digital de presentación de solicitudes diseñado al efecto por la Oficina de la Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), denominado «GI Portal». 

Los nombres deberán indicarse en el campo destinado al nombre que se desea proteger como indicación geográfica de productos artesanales e industriales, intercalados por un espacio, una barra «/» y otro espacio. Por ejemplo: «Abanicos de Marineda / Abanos de Marineda»

No hay diferencia en el examen de una solicitud dependiendo de si el producto en cuestión es artesanal o industrial. Tampoco se exigirá a los solicitantes que especifiquen en su solicitud si se trata de un producto artesanal, industrial o una combinación de ambas formas.

 

Si se trata del mismo producto, como la cerámica en el ejemplo, tendrán que ser los productores, tanto los artesanos como los industriales, quienes deban ponerse de acuerdo en los diferentes procesos, métodos o técnicas de producción de dicho producto para que éste pueda beneficiarse de la indicación geográfica de productos artesanales e industriales (IGAI).

 

También pueden ponerse de acuerdo en el modo de diferenciar un mismo producto que se beneficia de una IGAI producido de forma artesanal o industrial, estableciendo condiciones diversas de etiquetado; por ejemplo, permitiendo que los productos producidos artesanalmente lleven además del nombre de la IG la indicación «hecho a mano» u otra similar e indicando en el pliego de condiciones los requisitos que deben cumplir los productos artesanos para poder incluir esta etiqueta; por ejemplo, un cierto porcentaje mínimo de producción por medios o instrumentos manuales o uno máximo en el uso de herramientas mecánicas o de producción en serie.