Respondemos todas aquellas dudas referentes a los diferentes procesos implicados en la propiedad industrial.
Tras la concesión de la patente europea, será necesario proceder con el trámite de validación, para que tenga validez en España.
Para ello, en el plazo de 3 meses siguientes a la publicación de la concesión en el Boletín Europeo de patente, el titular que desee obtener la protección en España deberá aportar la traducción de la patente tal y como hubiera sido concedida junto con el pago de la tasa correspondiente a la validación.
La solicitud irá acompañada de la traducción al español de la patente europea tal como ha sido concedida, modificada o limitada por la Oficina Europea de Patentes. Para cumplir con este requisito se deberá traducir el documento "Text Intended For Grant (clean copy)" incluyendo todas las anotaciones que estén presentes en este documento.
Con carácter general, los requisitos formales del folleto traducido deberán contener la información que a continuación se detalla en el siguiente enlace. Asimismo, se incluyen donde se indican los formularios y las tasas:
La LP establece que se debe presentar para la validación en España de una patente europea “[…]traducción al español de la patente europea tal como haya sido concedida.” (art. 155).
A efectos legales, el servicio de Patente Europea dará por cumplimentada la validación con la aportación de la traducción "Text Intended For Grant (clean copy)".
En este sentido, y en el caso de patentes europeas que incluyan listas de secuencias hay que tener en cuenta:
1. Si en la publicación de la Oficina Europea no se ha publicado la lista de secuencias, en la primera página aparecerá una nota (Remarks, Remarques o Bemerkungen) indicando que la lista de secuencias se puede ver en su página Web. En este caso, no hace falta la presentación del listado, y en la portada del folleto T3 español se incluirá una nota remitiendo a la del fascículo europeo.
2. Si en la publicación europea se ha incluido la lista de secuencias -no importa la amplitud de la misma- se debe presentar pagando las páginas que corresponda por hoja adicional.
Para presentar un B2, se debe confirmar primero que no haya otro agente/representante personado en esta patente. Si lo hubiese, se necesitará aportar una autorización del titular de la patente del cambio de agente. Este documento debe contener el número de expediente que afecta si no hubiese un poder general, y además figurará la fecha y cargo de la persona firmante.
La OEPM asigna códigos de clasificación CIP a todos los documentos de patentes nacionales, solicitudes PCT y modelos de utilidad. Estos códigos figuran tanto en las publicaciones correspondientes como en las bases de datos públicas como INVENES y Espacenet.
Adicionalmente, en los documentos de patentes nacionales la OEPM asigna códigos de clasificación CPC. Estos códigos no aparecen en los documentos de patentes publicados si bien figuran en las bases de datos públicos como INVENES y Espacenet.