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Preguntas frecuentes

 

Respondemos todas aquellas dudas referentes a los diferentes procesos implicados en la propiedad industrial.

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Las solicitudes de patente o modelo de utilidad que se presenten como entrada en fase nacional de una solicitud internacional PCT que se produzcan a partir de fecha 1 de abril de 2017 se regirán por la ley en vigor en el momento de presentación de la solicitud internacional PCT.

Las solicitudes presentadas a partir de fecha 1 de abril de 2017 estarán sujetas a la tarifa de tasas prevista en el Anexo de la Ley 24/2015, de 25 de julio, de Patentes.

Las solicitudes presentadas antes de fecha 1 de abril de 2017 quedarán sujetas en sus trámites al abono de las tasas previstas en la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes.

Se suprime la tasa por derechos de concesión para las patentes, modelos de utilidad y certificados complementarios de protección para las invenciones solicitadas con posterioridad a fecha 1 de abril de 2017.

Finalmente se introducen las siguientes nuevas tasas para solicitudes presentadas a partir de fecha 1 de abril de 2017:

  • Tasa de solicitud de examen sustantivo
  • Tasa de solicitud de revocación o limitación
  • Tasa de solicitud de informe Pericial

Tasa de solicitud de informe Pericial

- DIRECTAMENTE país por país, depositando las correspondientes solicitudes en cada uno de los países en los que se quiere registrar la invención.

- Mediante una PATENTE EUROPEA. En la página de Internet de la EPO es posible obtener información de cómo solicitar una patente europea (http://www.epo.org/).

- A través de una solicitud PCT. En la dirección de Internet de la OMPI es posible obtener información sobre las principales características de este sistema (http://www.wipo.int/pct/es/).

Sí, se pueden proteger como modelo de utilidad las sustancias químicas que no sean composiciones farmacéuticas