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Preguntas frecuentes

 

Respondemos todas aquellas dudas referentes a los diferentes procesos implicados en la propiedad industrial.

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La inobservancia de un trámite que tenga como consecuencia la pérdida de un derecho puede ser objeto de restablecimiento siempre y cuando se cumplan con unos requisitos legalmente establecidos en el artículo 53 LP y 71 del RLP.

Dentro de los tipos de trámites, en el ámbito de patente europea nos encontramos con el de la validación y posterior pago de las anualidades para el mantenimiento del derecho.

En relación a los requisitos exigidos por la LP, se deberán cumplir de manera acumulativa, los siguientes:

- Requisitos objetivos: La inobservancia del trámite, tiene como consecuencia directa la pérdida del derecho.

- Requisitos temporales: Conforme a lo previsto en el artículo 53.2 de la LP, el plazo para formular una petición de restablecimiento y para cumplir con los requisitos establecidos será el primero que expire de los siguientes:

    i) dos meses contados a partir del cese del impedimento;

    ii) doce meses contados a partir de la fecha de expiración del trámite omitido o, cuando una petición guarde relación con la falta de pago de una tasa de mantenimiento, doce meses contados a partir de la fecha de expiración del período de seis meses de pago con recargos al que se refiere el artículo 185 LP.

- Requisitos formales: Deberá solicitarse por escrito en formulario formalizado 5410X y deberá cumplirse el trámite inobservado, así como el pago de las tasas correspondientes a la solicitud del restablecimiento y al trámite incumplido.

   Formulario e instrucciones

   Presentación electrónica

   Tasas

- Requisitos materiales: debiéndose alegar la diligencia debida en relación al trámite inobservado con la aportación de la prueba que sea necesaria para su acreditación.

La CIP se publica en inglés y francés, denominados idiomas auténticos.

 

LA CIP se traduce también a los siguientes idiomas oficiales: alemán, chino, checo, coreano, eslovaco, español, japonés, neerlandés, polaco, portugués, ruso, serbio y ucraniano.

 

La OEPM es responsable de la traducción y publicación en español de cada versión de la CIP.

La CIP se revisa anualmente para mejorar el sistema y reflejar en su contenido los avances técnicos. Cada 1 de enero entra en vigor una nueva versión de la CIP. El indicador de versión señala la versión en la que la entrada correspondiente es nueva o en la que se ha modificado, p. ej. [2021.01].

La publicación oficial de la CIP se puede consultar en la página principal de la CIP de la OMPI, donde están publicadas todas sus versiones en inglés y francés.

 

La CIP también está disponible en otros formatos (XML, TXT, PDF, etc.) que permiten la consulta o utilización sin conexión. Los archivos correspondientes se encuentran en la sección de descargas y soporte IT.

 

La publicación de la CIP en español se puede consultar en el portal Clasificación Internacional de Patentes de la OEPM. Los ficheros en formato PDF correspondientes se encuentran disponibles en la zona de descargas.